Tips

  • El diputado José Luis Elías Ávalos presentó ante el Congrso de Perú, el Proyecto de Ley Marco de Comercialización de Criptoactivos.
  • Aunque no reconoce a las criptomonedas como dinero, la propuesta regula el trading de criptoactivos y sienta las bases para que las plataformas de intercambio funcionen debidamente en el país.

El 2022 apenas está comenzando y Perú ya se apuntó la primera iniciativa legal para regularizar parte del ecosistema de criptomonedas en el país.

El Proyecto de Ley 1042/2021-CR fue presentado por el Congresista del Grupo “Podemos Perú” José Luis Elías Ávalos, bajo el nombre de “Proyecto de Ley Marco de Comercialización de Criptoactivos” y busca regular el funcionamiento de las plataformas de intercambio de criptomonedas y el trading como actividad económica.

El proyecto sería la última adición de una serie de iniciativas legislativas a lo largo de América Latina que buscan regular la industria de las criptomonedas y darle una mayor seguridad jurídica a los criptoactivos en la región. 

Qué contiene el Proyecto de Ley de Criptomonedas Que se Discute en el Congreso de Perú

A diferencia de iniciativas como la venezolana o la salvadoreña, la propuesta peruana no se centra en el reconocimiento de Bitcoin o de las criptomonedas como medios de pago o monedas en el sentido legal de la palabra. En su lugar, adoptan un enfoque que busca tratar a las criptomonedas como activos dentro del patrimonio general de una persona o sociedad anónima, cuyo valor se determinará al momento específico de hacer un negocio jurídico.

Aunque la actividad de trading de criptomonedas en Perú es muy baja en comparación con otros países de la región, la iniciativa quiere crear una infraestructura legal que promueva el trading de criptomonedas como una actividad económica legal, segura y protegida por el Estado.

Trading de criptomonedas en Perú y América Latina. Imagen: Useful Tulips
Trading de criptomonedas en Perú y América Latina. Imagen: Useful Tulips

La ley da pie para que tanto entidades bancarias como no bancarias puedan ofrecer servicios de criptomonedas (custodia, intercambio, staking entre otros) pero establece ciertos requisitos de seguridad para proteger a los usuarios. Entre los más resaltantes se encuentra el registro ante la Superintendencia de Banca y Seguros SBS y una inscripción en un censo de plataformas de intercambio de criptomonedas de una forma similar a como lo establece la legislación venezolana.

De igual forma obliga a las exchanges a reportar a la Superintendencia de Banca y Seguros cualquier actividad sospechosa u operación inusual, estableciendo de esta forma la competencia primaria al momento de investigar posibles ilícitos relacionados con criptomonedas.

Así mismo prioriza la confidencialidad y protección de los datos personales de usuarios de este tipo de plataformas, aunque no limita el alcance de información que pueden solicitar las autoridades en caso de investigaciones.

Otro punto a destacar es que el proyecto de ley adopta una filosofía amplia y orgánica, es decir, es sumamente general en sus disposiciones y da pie para el desarrollo de reglamentos posteriores que sean más específicos y que regulen temas que no han sido explícitamente mencionados en el texto del proyecto.

La elaboración del reglamento quedó encomendada a una comisión multisectorial integrada por el Banco Central del país, la Superintendencia de Mercado de Valores, la Superintendencia de Banca y Seguros, la Secretaría Nacional de Gobierno Electrónico e Informática y un representante de las plataformas de intercambio de criptomonedas debidamente registradas.

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