Futuro de la Ley de Criptomonedas de Panamá Está en Manos de la Corte Suprema

El pulso político entre el presidente de Panamá y la Asamblea de dicho país ha impedido la aprobación de una ley para regular las criptomonedas. Ahora, la Corte Suprema de Justicia tomó la batuta.

Por Jose Antonio Lanz

3 min lectura

El futuro de la industria de las criptomonedas en Panamá está ahora en manos de los tribunales del país.

El proyecto de ley 697 de 2021 que regula la Comercialización y Uso de Activos Virtuales y los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales y dicta otras disposiciones, fue enviado por la presidencia de Panamá a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de ese país para su revisión y eventual aprobación luego de haber sido objetado por el Ejecutivo por considerarlo violatorio de preceptos fundamentales de la Constitución y por haber sido aprobado mediante un procedimiento inadecuado.

De acuerdo con un comunicado emitido por el Ministerio de la Presidencia de la República de Panamá, el Ejecutivo asegura que existen razones de fondo para decretar su nulidad, basándose en el contenido de los artículos 34 y 36 de la norma, aunque también esgrime razones de forma en la totalidad el texto como justificativos de su veto. Ahora, corresponde a la Corte Suprema de Justicia decidir si declara la inexequibilidad del proyecto o si lo aprueba con las adecuaciones necesarias.

Cuando algo se declara inexequible, significa que legalmente no se puede ejecutar.

El Accidentado Camino de la Ley de Criptomonedas de Panamá

Como Decrypt informó en Junio de 2022, el presidente vetó la ley otorgaría carácter legal a las DAOs y regularía la industria de las criptomonedas. Aunque la medida fue criticada por varios entusiastas pues retornaba el texto para debata en la Asamblea, también era de esperarse pues el presidente tenía algunas semanas expresando su preocupación por la no adecuación del contenido del texto a las normativas internacionales antilavado de dinero, por lo cual estaba considerando su veto.

La Asamblea Nacional aprobó el proyecto con modificaciones en su tercer debate durante su sesión ordinaria del 28 de octubre de 2022.

Sin embargo, el Ejecutivo consideró que los cambios no se adaptaban a la realidad legal panameña, y criticó la modificación de partes no objetadas. De allí el argumento de que el proyecto es inexequible, pues asegura que no se puede ejecutar una ley que va en contra del marco legal más amplio del país.

Un Proyecto de Ley Potencialmente Inconstitucional

En el escrito de objeción remitido por el presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen a la presidenta de la CSJ, María Eugenia López, el presidente manifiesta su petición expresa de que no se apruebe la ley pues su aplicación podría ser potencialmente inconstitucional.

Cortizo argumenta que la Asamblea Nacional, haciendo caso omiso al procedimiento establecido en la Constitución, aprobó un nuevo texto del proyecto de ley 697, modificando y eliminando artículos que no habían sido objetados. Alega también que el órgano legislativo agregó nuevos artículos con contenido que no existía en la propuesta original.

El presidente considera que los artículos 34 y 36 del proyecto de ley 697 de 2021 son inexequibles por razones de fondo, ya que su contenido viola la separación de poderes del Estado, la creación de estructuras en la administración estatal y la prohibición de expedir leyes que contraríen su letra o espíritu. Además, sostiene que el proyecto es inexequible en su conjunto por razones de forma, debido al procedimiento utilizado por la Asamblea Nacional para tratar la objeción parcial presentada.

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